POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema, en aplicación del art
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema, en aplicación del art. 423 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de revisión extraordinaria de sentencia interpuesto por Mario Royett Vallejos Fernández, salvando el derecho que le confiere el art. 427 del mismo cuerpo legal
- CONSIDERANDO: Que, según el art
- Que, de la interpretación de la norma citada, se tiene que la revisión de sentencia,
- De otro lado, en el recurso deducido se denuncian defectos de procedimiento, producidos en la
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema, en aplicación del art
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
