Auto Supremo AS/0355/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2003

Fecha: 14-Nov-2003

Tampoco el Tribunal encuentra que la resolución de vista no guarde la congruencia que le


Tampoco el Tribunal encuentra que la resolución de vista no guarde la congruencia que le impone el art. 236 con relación al 227 ambos del Procedimiento Civil, menos se acredita que el recurrente hubiere hecho uso de la facultad que le confiere el art. 239 del adjetivo civil, si hubiere encontrado alguna omisión del tribunal ad quem, por lo que no existe mérito para alguna nulidad de obrados