POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto a fs. 261-263
- CONSIDERANDO: Que, la nueva normativa Procesal Penal, acorde con la doctrina penal, reconoce que el
- CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, se advierte que Nicolás Francisco Capodanno Arce y
- interpuesto, por no haber los recurrentes dado cumplimiento con la tercera parte del art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
