Su argumentación no cuenta con el respaldo documental necesario para la demostración de sus asertos,
CONSIDERANDO: Que la impugnación concentra su reclamo en consideraciones respecto a que no se ha hecho una debida y correcta valoración de los antecedentes, en razón a que el actor hubiera realizado abandono malicioso de funciones merced a la deuda pendiente con la Cámara Regional Agropecuaria de Chuquisaca.
Su argumentación no cuenta con el respaldo documental necesario para la demostración de sus asertos, en lo que respecta tanto al abandono así como a la deuda aducida; no especifica, es más, no menciona de manera concreta qué disposiciones hubiesen sido vulneradas por el tribunal Ad quem, no elabora razonamiento alguno sobre los supuestos equívocos del tribunal de apelación, omitiendo así el cumplimiento de los requisitos exigidos por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil para la procedencia del recurso de casación
- AUTO SUPREMO N° 246 - Social Sucre, 10 de diciembre de 2003
- DISTRITO: Chuquisaca
- PARTES: Luis Poppe Claure c/ Cámara Regional Agropecuaria de Chuquisaca (CRACH)
- RELATOR: MINISTRO DR.- Kenny Prieto Melgarejo
- RESULTANDO: Que en este proceso laboral se pronunció la sentencia de fs
- Su argumentación no cuenta con el respaldo documental necesario para la demostración de sus asertos,
- Consecuentemente, corresponde observar la disposición contenida en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 10 de diciembre de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
