La codemandante por sí y en representación de su esposo Demetrio Blas Laura Visa interpone
La codemandante por sí y en representación de su esposo Demetrio Blas Laura Visa interpone recurso de casación contra la sentencia de segundo grado, manifestando que en la escritura no intervino ella faltando por tanto los requisitos del art. 549 inciso 3º del Código Civil según el estudio grafológico de fs. 86 a 111, el que fue válidamente admitido en función del art. 378 del Procedimiento de la materia y que tiene en valor probatorio del art. 1333 del Sustantivo. Que se ha constatado la falta de protocolo en la Notaria de Fe Pública, lo que importa que ellos no recibieron el precio y no dieron su "ánimo y/o consentimiento" ( sic)
- RESULTANDO: Que la sentencia de primer grado corriente en folios 163 a 165 de obrados,
- La Cooperativa Minera 16 de octubre, en calidad de demandada apeló de dicho fallo y
- La codemandante por sí y en representación de su esposo Demetrio Blas Laura Visa interpone
- CONSIDERANDO: Que así expuesto el escueto recurso de casación, se infiere de él que no
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Ministro Relator: Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 9 de diciembre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
