Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,
Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Auto de Vista de fecha 16 de septiembre del año en curso, revoca tanto la resolución N° 528/94 dictado por el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal y dispone la reapertura del proceso y la N° 171/2001 por incumplimiento del término de la prescripción
- CONSIDERANDO: Que, del testimonio adjunto consta, que la Sala Penal Segunda de la Corte Superior
- CONSIDERANDO: Que, impugnando el referido decreto de rechazo al recurso de casación, el recurrente Jorge
- Que, de la revisión de antecedentes, se evidencia que dentro del sumario penal seguido por
- Que, el imputado Jorge Burgoa Alarcón, por memorial de fs
- Que, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,
- CONSIDERANDO: Que, de lo relacionado anteriormente, se concluye que las apelaciones interpuestas, contra el rechazo
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, con la concurrencia
- El Ministro Dr. Jaime Ampuero García, es de voto disidente, estando por la legalidad
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
