Por lo expuesto, se demuestra que el recurrente no ha cumplido con la tercera parte
Por lo expuesto, se demuestra que el recurrente no ha cumplido con la tercera parte del art. 416, y segundo periodo del art. 417 del Código de Procedimiento Penal, lo que hace inadmisible el recurso deducido
- emitidos por las Salas Penales de las Cortes Superiores o, bien por la Sala Penal
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de antecedentes, se advierte que el recurrente, si bien a
- Por lo expuesto, se demuestra que el recurrente no ha cumplido con la tercera parte
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en cumplimiento de
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez._Secretario de Cámara.
