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    Auto Supremo AS/0626/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0626/2003

    Fecha: 11-Dic-2003

    Por lo expuesto, se demuestra que el recurrente no ha cumplido con la segunda parte


    Por lo expuesto, se demuestra que el recurrente no ha cumplido con la segunda parte del art. 416, y segundo periodo del art. 417 del Código de Procedimiento Penal, lo que hace inadmisible el recurso deducido
    • PARTES: Faride Sharon Isaías Sabja c/ José Miguel Sanabria Fuentes
    • CONSIDERANDO: Que, la normativa Procesal Penal vigente, acorde con la doctrina penal, reconoce que el
    • CONSIDERANDO: Que, de la revisión de antecedentes, se advierte que José Miguel Sanabria Fuentes, a
    • Dada la finalidad que le otorga la Ley Procesal al recurso de casación de uniformar
    • Por lo expuesto, se demuestra que el recurrente no ha cumplido con la segunda parte
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en cumplimiento de
    • Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
    • Proveído.-Lie. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara

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