Se regula el honorario de abogado en la suma de Trescientos bolivianos
Se regula el honorario de abogado en la suma de Trescientos bolivianos
- AUTO SUPREMO N° 54 Sucre, 4 de febrero de 2003
- DISTRITO : Cochabamba JUICIO : Ordinario - Nulidad de documento
- PARTES : María Ercilia Pérez de Rocha c/ Hernán Siles Paniagua
- Dicha apelante recurre esta vez en nulidad y casación del auto de vista, haciendo todo
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo al contenido y efecto del auto de vista pronunciado por la
- Como toda carga procesal incumplida apareja una sanción, en la especie, la no apertura de
- Que por lo demás no encuentra el Tribunal Supremo causas de nulidad procesal dentro de
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Trescientos bolivianos
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 4 de febrero de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
