El Ministro Dr
El Ministro Dr. Kenny Prieto Melgarejo fue de voto disidente en cuanto a la forma, pronunciándose porque se rechace el recurso en base a la normativa procesal penal de 1972
- AUTO SUPREMO N° 97 Sucre, 26 de febrero de 2003
- DISTRITO : La Paz JUICIO : Revisión extraordinaria de sentencia
- La revisión extraordinaria se funda en los casos 1) y 4) del art
- CONSIDERANDO: El recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, es un instituto que la ley
- En el sub lite, no se ha honrado con la carga procesal que la misma
- Asimismo el recurrente no aporta nuevas pruebas descubiertas con posterioridad al juicio y sentencia que
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- El Ministro Dr
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 26 de febrero de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
