POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, por excusa de los Ministros de la Sala Penal, con la concurrencia del Ministro de la Sala Social Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé según convocatoria de fs.336, de acuerdo con el requerimiento fiscal, declara INADMISIBLE el recurso deducido a fs. 355-360 de obrados
- AUTO SUPREMO N° 97 Sucre, 26 de febrero de 2003
- DISTRITO : La Paz JUICIO : Revisión extraordinaria de sentencia
- La revisión extraordinaria se funda en los casos 1) y 4) del art
- CONSIDERANDO: El recurso de revisión de sentencia condenatoria ejecutoriada, es un instituto que la ley
- En el sub lite, no se ha honrado con la carga procesal que la misma
- Asimismo el recurrente no aporta nuevas pruebas descubiertas con posterioridad al juicio y sentencia que
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- El Ministro Dr
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 26 de febrero de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
