Por consiguiente, no siendo evidente la violación de normas legales acusadas por el recurrente en
Por consiguiente, no siendo evidente la violación de normas legales acusadas por el recurrente en su memorial venido a fs. 278-283 es de aplicación el inc. 2º) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal; más aún si en la especie concurren los dos elementos esenciales del dolo en la comisión del delito de tráfico materializado, como son: a) el intelectual y b) el volitivo; aspectos que han sido valorados plenamente por los Tribunales a tiempo de emitir sus fallos
- CONSIDERANDO: Que a fs
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista señalado el exordio, recurre de casación el procesado
- CONSIDERANDO: Que analizados los datos del proceso en relación a las impugnaciones del recurrente, se
- Por consiguiente, no siendo evidente la violación de normas legales acusadas por el recurrente en
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído.-David Baptista Velásquez._Secretario de Cámara.
