Contra el referido fallo, el Ministerio Público recurre de casación denunciando inobservancia de los arts
Contra el referido fallo, el Ministerio Público recurre de casación denunciando inobservancia de los arts. 135 y 242 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal, con referencia al art. 55 de la Ley 1008 y incorrecta aplicación del art. 8º del Código Penal. Pide casar el auto recurrido y se condene a los procesados por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008, con la pena de ocho años de presidio
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Contra el referido fallo, el Ministerio Público recurre de casación denunciando inobservancia de los arts
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes cursantes en el proceso se establece que los
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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