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    Auto Supremo AS/0165/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0165/2003

    Fecha: 20-Mar-2003

    Regístrese y hágase saber


    Regístrese y hágase saber
    • CONSIDERANDO: Que el marco del nuevo Código de Procedimiento Penal en armonía con la doctrina
    • CONSIDERANDO: Que revisado el recurso de casación con objetividad e imparcialidad y al amparo de
    • Esta forma de deducir el recurso de casación, sin base legal y sustancia jurídica que
    • Por lo expuesto, al no concurrir los requisitos previstos en el segundo y tercer periodo
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
    • Devuélvase obrados a la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de origen
    • Regístrese y hágase saber
    • Proveído.-David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.

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