Auto Supremo AS/0230/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2003

Fecha: 25-Abr-2003

POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la facultad conferida por el art. 59-1º) de la Ley de Organización Judicial y en aplicación de la última parte del primer periodo del art. 418º del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación deducido por los imputados a fs. 166, 166 "A" y 167 de obrados, con costas. Se observa que el Tribunal que conozca el nuevo juicio debe cumplir con lo establecido por el art. 413 del nuevo Código de Procedimiento Penal, al haberse anulado totalmente la sentencia