Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0239/2003
Fecha: 30-Abr-2003
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CONSIDERANDO: Que, concluido el plenario, el Juez de Partido Tercero en lo Penal de la
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Que, apelada dicha sentencia, fue confirmada en todas sus partes por Auto de Vista de
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CONSIDERANDO: Que, analizando los recursos que son similares en cuanto a la infracción de leyes,
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Que, la base del juicio penal reside en la comprobación del cuerpo del delito, para
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De todo lo expuesto, se concluye que Felipe Valdemar Valdivia Pisoni ha cometido el delito
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No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a las funciones de Ministro
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Regístrese y devuélvase
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Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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