Auto Supremo AS/0258/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2003

Fecha: 14-May-2003

El Ministerio Público no conforme con el fallo interpone recurso de nulidad, denunciando la infracción


El Ministerio Público no conforme con el fallo interpone recurso de nulidad, denunciando la infracción del art. 89 de la Ley 1008, porque -dice- en ningún caso dicha norma determina que sean sólo dos jueces quienes relacionen y asuman determinaciones; que en el caso que se examina al ser uno de los tres jueces que conforman Sala de voto disidente, solo dos estuvieron conformes con la sentencia, por lo que dicha resolución es nula al tenor del art. 297 inc. 7) y 242-1) del Código de Procedimiento Penal, por no cumplir con los requisitos esenciales. Asimismo denuncia error de aplicación de la Ley de Fianza Juratoria N° 1685, al conceder libertad provisional al procesado absuelto sin considerar el Código Procesal vigente