POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de a Nación, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 189-190, aplicando el inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de nulidad a fs. 180-184 de obrados, con costas
- CONSIDERANDO: Que la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia de La Paz,
- En cuando al procesado Alpino Tuanama Tapullima lo declara absuelto de culpa y pena, del
- Con referencia al aparato celular y accesorios incautados según acta de fs
- El Ministerio Público no conforme con el fallo interpone recurso de nulidad, denunciando la infracción
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes que aporta el proceso, con relación a las
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a las funciones de Ministro
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
