Dada la naturaleza del edicto que nace en fuente judicial, no tiene otra finalidad que
Dada la naturaleza del edicto que nace en fuente judicial, no tiene otra finalidad que no sea el hacer saber al imputado de domicilio desconocido e incierto las emergencias del proceso instaurado a objeto de que comparezca al juicio bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y contumaz a la ley. Llamamiento que podrá efectuarse sea por medios escritos, radiales o televisivos, según las circunstancias geográficas y desarrollo tecnológico que se tenga en el medio, en materia de comunicación; pues lo que si importa es que el medio utilizado sea el más idóneo y eficaz para el cumplimiento del objetivo de la ley y la consiguiente estructura del debido proceso y las garantías plenas del derecho a la amplia defensa
- de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Contra el referido auto recurre de nulidad o casación el Ministerio Publico, denunciando la infracción
- CONSIDERANDO: De la revisión cuidadosa de antecedentes, se evidencia que el procesado Wilfredo Luna Castro,
- Que el Tribunal de alzada justifica la anulación de obrados, señalando que la notificación hecha
- Dada la naturaleza del edicto que nace en fuente judicial, no tiene otra finalidad que
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No interviene el Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por renuncia a las funciones de Ministro
- Regístrese y devuélvase
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