POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara ILEGAL, el recurso de compulsa de fojas 57-58 y vlta., con costas y multa a los compulsantes que se regula en Bolivianos Doscientos que mandará hacer efectivo el tribunal compulsado
- CONSIDERANDO: El auto impugnado niega la concesión del recurso de casación, con el fundamento que
- CONSIDERANDO: De la revisión de los antecedentes se establece, que el tribunal ad quem confirma
- En consecuencia, la negativa del tribunal ad quem es correcta y se ajusta plenamente a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- No interviene el Ministro Dr. Kenny Prieto Melgarejo por excusa declarada legal
- Para resolución interviene el Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada, según convocatoria de fs. 61
- Ministra Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 9 de junio de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
