Auto Supremo AS/0323/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0323/2003

Fecha: 22-Jul-2003

CONSIDERANDO: Que habiendo sido comisionados por el Fiscal General de la República, los Fiscales Luís

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 323 Sucre 22 de julio de 2003

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Katty Delia Vargas de Trigo c/ Gonzalo Peñaranda Taida y

otro, prevaricato y negativa o retardo de justicia




VISTOS: La remisión del expediente que hace la Dra. Nancy Janeth Alvarez Claros Fiscal de Materia, en el proceso de apertura de investigación, en Caso de Corte, iniciado a querella de Joaquín Alberto Trigo Guzmán en representación de Katty Delia Vargas de Trigo contra los Dres. Gonzalo Peñaranda Taida y Antonio Eduardo Guamán Prado, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, por la presunta comisión de los delitos de prevaricato y negativa o retardo de justicia; sus antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que habiendo sido comisionados por el Fiscal General de la República, los Fiscales Luís Andrade Chacón y Nancy Janeth Alvarez Claros, para substanciar la investigación de los delitos denunciados en contra de los Vocales mencionados, en el marco de las facultades que les confieren los arts. 70 y 277 del Código de Procedimiento Penal; se advierte que esta fase no ha alcanzado el nivel conclusivo de imputación que exige la Ley Procesal Penal, al abreviar etapas que no nacen de la ley y que pudieran viciar el procedimiento que rige para casos de corte