En cambio el recurso de casación interpuesto por el Fiscal adscrito a la P
En cambio el recurso de casación interpuesto por el Fiscal adscrito a la P.T.J. de fs. 334-335, cumple con los requisitos previsto por los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; si bien no era apelante de la sentencia de primera instancia que le fue favorable, en cambio del Auto de Vista que anula parcialmente la parte dispositiva de la sentencia condenatoria y absuelve de culpa y pena a Adalid Mejía Veizaga de todos los delitos, recurre de casación invocando el precedente contradictorio, con la posibilidad de determinar la situación de hecho similar y establecer el sentido jurídico contradictorio
- CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, acorde con la doctrina penal,
- Que, en el presente caso, Humberto Mejía Rocha, a tiempo de interponer la apelación restringida
- En cambio el recurso de casación interpuesto por el Fiscal adscrito a la P
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación de
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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