Auto Supremo AS/0249/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2003

Fecha: 25-Ago-2003

CONSIDERANDO: Que en esta causa la misma Sala Civil Segunda de la Corte Superior anteriormente


CONSIDERANDO: Que en esta causa la misma Sala Civil Segunda de la Corte Superior anteriormente anuló obrados hasta fs. 51 inclusive, disponiendo que el Juez a quo aplique la determinación del art. 333 del Código de Procedimiento Civil, en otras palabras declaró inadmisibles las demandas de nulidad y anulabilidad planteadas al mismo tiempo. Que dicha decisión causó ejecutoria, y en ejecución de ella el inferior concedió plazo para la modificación correspondiente, y no habiéndose dado estricto cumplimiento, las desestimó