Que contra el referido Auto de Vista recurre de casación la procesada, denunciando que el
Que contra el referido Auto de Vista recurre de casación la procesada, denunciando que el Auto de Vista recurrido, infringe los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal, al no haberlos considerado a tiempo de fijar la sanción, ni tomado en cuenta los atenuantes existentes a su favor por cuanto la pena impuesta es casi la máxima establecida y resulta excesiva. Pide casar el auto recurrido y se modifique la pena
- cheque en descubierto
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Que en los folios 206-208 corre la sentencia dictada por el Juez a-quo, que falla
- Que el Tribunal de alzada a fs
- Que contra el referido Auto de Vista recurre de casación la procesada, denunciando que el
- CONSIDERANDO: Que, del estudio de antecedentes y de las pruebas aportadas por las partes durante
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
