Que en los folios 206-208 corre la sentencia dictada por el Juez a-quo, que falla
Que en los folios 206-208 corre la sentencia dictada por el Juez a-quo, que falla declarando a la procesada Reina Peña de Daza, autora del delito de giro de cheque en descubierto, tipificado y sancionado por el art. 204 del Código Penal, condenándola a la pena de tres años y seis meses de reclusión en la cárcel pública de San Pablo de la ciudad de Quillacollo, mas pago y resarcimiento de daños y perjuicios ocasionados a la parte civil y costas al estado y parte civil. Y la declara absuelta de culpa y pena de la comisión del delito de estafa, previsto en el art. 335 del Código Penal en aplicación del art. 244- 1) del Código de Procedimiento Penal
- cheque en descubierto
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Que en los folios 206-208 corre la sentencia dictada por el Juez a-quo, que falla
- Que el Tribunal de alzada a fs
- Que contra el referido Auto de Vista recurre de casación la procesada, denunciando que el
- CONSIDERANDO: Que, del estudio de antecedentes y de las pruebas aportadas por las partes durante
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
