Auto Supremo AS/0392/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2003

Fecha: 15-Ago-2003

POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación de lo dispuesto por la última parte del primer periodo del art. 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE in límine el recurso de casación deducido por Alfredo Montaño Caue a fs. 178 de obrados, con costas