En el caso de autos, siendo notoria la omisión del precedente, es aplicable la última
En el caso de autos, siendo notoria la omisión del precedente, es aplicable la última parte del primer periodo del art. 418 de la L. Nº 1970
- Sandagorda y otros, tentativa de homicidio y otros
- CONSIDERANDO: Que el marco del Código de Procedimiento Penal en armonía con el desarrollo de
- CONSIDERANDO: Que de la revisión del cuaderno procesal, se establece que los imputados Edgar Tancara
- Es de destacar que el Supremo Tribunal, en relación a los requisitos que se entrañan
- En el caso de autos, siendo notoria la omisión del precedente, es aplicable la última
- Regístrese, hágase saber y devuélvase a la Corte de origen
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
