Auto Supremo AS/0428/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0428/2003

Fecha: 29-Ago-2003

Regístrese, hágase saber y devuélvase a la Corte de origen


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación de lo dispuesto por la última parte del primer periodo del art. 418 de la Ley Procesal Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación deducido por Edgar Tancara Sandagorda y Mario Arandia Nogales de fs. 463-465 de obrados, con costas.

Regístrese, hágase saber y devuélvase a la Corte de origen