Finalmente, si bien es cierto que el Art
Finalmente, si bien es cierto que el Art. 776 del Código de Procedimiento Civil no ha sido modificado en cuanto a la intervención del Fiscal General de la República, ni derogado, al darse la coexistencia de disposiciones contrapuestas en el Adjetivo Civil, tiene que darse aplicación preferente al Art. 127 del mismo cuerpo legal, que en general libera de intervenir a dicha autoridad en todos los casos en los que el Estado es el demandado
- CONSIDERANDO: Que, luego de ser legalmente citado con la demanda, el Fiscal General de la
- Corrida en traslado la excepción, de conformidad a lo dispuesto por el Art
- CONSIDERANDO: Que la Disposición Final Quinta de la ley Orgánica del Ministerio Público N° 2175
- Finalmente, si bien es cierto que el Art
- En consecuencia, se deja sin efecto el decreto de fs. 253
- El Ministro Dr
- Son de voto disidente los Ministros Dres
- Regístrese y notifíquese
- Secretario de Cámara de Sala Plena
