- CONSIDERANDO: El Tribunal de alzada, haciendo uso de la facultad que le reserva el art
- Auto de vista que es impugnado en casación por los demandados quienes acusan que el
- En este sentido, el juez a quo, a tiempo de rechazar el recurso de reposición
- Que, de lo expuesto, se infiere que el Tribunal ad quem no ha incurrido en
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Ministra Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 9 de septiembre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
