Auto Supremo AS/0283/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2003

Fecha: 10-Sep-2003

Julio César Reynoso Maire y Luz Marina Balcázar de Reynoso recurren contra esta resolución revocatoria,


Es de esta resolución que apela Ivar Virgilio Salamanca a fs. 270-275 vlta., (289 a 293 vlta. del expediente principal) y el recurso es concedido en folio 299 del cuerpo principal, fs. 280 del testimonio.

La Corte Superior mediante su Sala Civil Segunda pronuncia el auto de vista de 7 de mayo de 2002 en folio 295 del cuerpo principal, revocando dicho auto de 30 de agosto de 2001, dejando sin efecto la notificación realizada a fs. 230 al mencionado apelante con el auto de fs. 229 vlta., de fecha 9 de febrero de 2001 que es el que resuelve las excepciones de incompetencia y cosa juzgada.

Julio César Reynoso Maire y Luz Marina Balcázar de Reynoso recurren contra esta resolución revocatoria, alegando en el fondo la violación de los arts. 101 y 137 del Cód. de Pdto. Civ., con relación a la notificación verificada a fs. 230. En la forma alude que se han infringido los arts. 127 y 3 numeral 1) del mismo Procedimiento por no haberse dado intervención al Ministerio Público antes de pronunciar el auto de vista que se impugna