La revisión de sentencia condenatoria, es un recurso extraordinario para impugnar una sentencia con autoridad
Los fundamentos del recurso de revisión de sentencia carecen sustento en razón a que, dentro del proceso, no estuvo en consideración, en ningún momento, la legalidad o ilegalidad del documento de préstamo fechado en 15 de abril de 1997. El análisis se concentró en la valoración de la conducta de los procesados, quienes mediante artificios y engaños obtuvieron los dineros de su acreedor, ofreciendo para tal fin una garantía inexistente, en desmedro de la economía del querellante, cometiendo así el delito de estafa.
La revisión de sentencia condenatoria, es un recurso extraordinario para impugnar una sentencia con autoridad de cosa juzgada, en todo tiempo y a favor del condenado. Su procedencia esta sujeta a que el recurrente esté legitimado para plantearlo y justifique, en forma irrebatible, con nuevos hechos o hechos preexistentes u otros elementos de prueba que sobrevengan después de emitida la sentencia y conduzcan a demostrar que el hecho atribuido no fue cometido, situación que no se demostró en el caso de autos, lo que motiva la improcedencia del recurso deducido conforme dispone el art. 424 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal
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- No interviene el Ministro Dr. Jaime Ampuero García, por excusa declarada legal
- Regístrese y devuélvase
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