POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del art. 423 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de revisión de sentencia interpuesto por Fabrice Jacques Andre Bordas, pudiendo empero interponer un nuevo fundado en alguno de los casos señalados en el art. 421 del mismo cuerpo legal
- CONSIDERANDO: Que, Fabrice Jacques Andre Bordas, demanda la revisión de sentencia, denunciando haber sido condenado
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los antecedentes del proceso principal, ofrecido como prueba y
- Que, las pruebas ofrecidas como nuevas no son evidentes ni contundentes para demostrar su no
- Que, el recurso de revisión procede por las causales contenidas en el art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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