Auto Supremo AS/0455/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0455/2003

Fecha: 16-Sep-2003

Que, el recurso de revisión procede por las causales contenidas en el art


Que, el recurso de revisión procede por las causales contenidas en el art. 421 del Código de Procedimiento Penal, cuando existen nuevos elementos formales que demuestren situaciones injustas, circunstancias y pruebas que en el caso examinado no se dan, por cuanto Fabrice Jacques Andre Bordas, acepta haber cometido el delito de tentativa de transporte y no de transporte propiamente dicho, pidiendo se le rebaje la pena a cinco años y cuatro meses, como en otros casos similares, lo que conduce al Supremo Tribunal a declarar la inadmisibilidad del recurso deducido