Auto Supremo AS/0474/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0474/2003

Fecha: 23-Sep-2003

CONSIDERANDO: Que con sujeción a los requisitos contenidos en el art

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO No 474 Sucre 23 de septiembre de 2003

DISTRITO: Beni

PARTES: Teresa Araúz Hoyos de Acosta c/ Eduardo Carlos Vaca

Vargas, asesinato

MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada




VISTOS: El recurso de nulidad o casación en la forma y en el fondo interpuesto por Eduardo Carlos Vaca Vargas a fs. 539-547 vlta., impugnando el Auto de Vista de fecha 30 de septiembre de 2002 de fs. 536-538, pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Beni, en el proceso penal seguido a querella de Teresa Aráuz Hoyos de Acosta contra Eduardo Carlos Vaca Vargas, por la presunta comisión del delito de asesinato; sus antecedentes, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, el requerimiento del Fiscal Adjunto de la Fiscalía General de la República de fs. 555-556; y

CONSIDERANDO: Que con sujeción a los requisitos contenidos en el art. 242 del Código de Procedimiento Penal y concluido el plenario de la causa, la Jueza de Partido Liquidadora de Trinidad a fs. 501-504 vlta., pronuncia sentencia, declarando al procesado Eduardo Carlos Vaca Vargas, autor del delito de asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 numerales 1, 2 y 3 del Código Penal, condenándolo a la pena de treinta años de presidio, sin derecho a indulto, más daños y perjuicios a la parte civil y costas al Estado; fallo que al ser elevado en apelación es confirmada por la Corte de alzada mediante Auto de Vista de fecha 30 de septiembre de 2002 de fs. 536-538, con la complementación de que el procesado debe cumplir su condena en el Centro de Rehabilitación de Varones "Macovi" de la ciudad de Trinidad