Por consiguiente, los Tribunales inferiores al haber dictado sus fallos con los fundamentos contenidos en
Por consiguiente, los Tribunales inferiores al haber dictado sus fallos con los fundamentos contenidos en los mismos, no han infringido ninguna de las disposiciones legales acusadas por los recurrentes; sino que por el contrario han formado convicción plena de la autoría directa de los incriminados en la comisión del delito incurso en la sanción del art. 48 de la L. Nº 1008; puesto que todos ellos materializaron el delito de tráfico, que por sus efectos ilimitados dañan la salud de la población y ponen en riesgo la estabilidad y desarrollo de las instituciones del Estado, haciéndolas cada vez más vulnerables por las fortunas amazadas que a la postre minan la moral del pueblo
- CONSIDERANDO: Que la Corte ad quem con la potestad conferida por el art
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista mencionado recurre de casación Raymundo Zuñiga Terceros a
- Con la finalidad de rever su situación gravosa a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los datos del proceso vinculados a los agravios contenidos en
- 2º
- El accionar delictivo de los procesados se encuadra en el tipo penal previsto por el
- Por consiguiente, los Tribunales inferiores al haber dictado sus fallos con los fundamentos contenidos en
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
