Auto Supremo AS/0005/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0005/2004

Fecha: 07-Ene-2004

2°) Los elementos fácticos analizados por los inferiores, advierten sin lugar a equívoco que la


2°) Los elementos fácticos analizados por los inferiores, advierten sin lugar a equívoco que la actora, desde enero a junio de 1999 en que se produjo la desvinculación laboral, percibió sus haberes mensuales en forma regular y en la cuantía pactada. En efecto, a fs. 229-229 vlta. (punto séptimo) refiriéndose a los haberes mensuales correspondientes a la gestión 1999 declara que se le canceló en forma puntual todos los meses "... y lo único que se me adeuda de esa gestión es de 9 días de sueldo y duodécimas de aguinaldo ..."; confesión que al tenor del art. 154 del Código Procesal del Trabajo resulta suficiente para concluir que no se produjo el retiro indirecto que se reclama, consiguientemente inaplicable la disposición contenida en el art. 13 de la Ley General del Trabajo