De lo expuesto, se infiere que no son ciertas las infracciones apuntadas por el recurrente
De lo expuesto, se infiere que no son ciertas las infracciones apuntadas por el recurrente en su memorial de fs. 98-102; pues por el contrario, la Corte de alzada, ha procedido con sujeción estricta a los datos del proceso, valorando las pruebas adecuadamente y aplicando correctamente el contenido del art. 243 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que, luego de haberse dispuesto la nulidad de obrados hasta fs
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de antecedentes cursantes en el proceso, se establece que los
- De lo expuesto, se infiere que no son ciertas las infracciones apuntadas por el recurrente
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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