Con referencia a la casación en la forma (nulidad), se acusa la violación de los
Con referencia a la casación en la forma (nulidad), se acusa la violación de los artículos 117, 122 de la Ley de Organización Judicial, por existir adulteración en la fecha del sorteo de la causa y la intervención irregular de la Vocal Lidia Moscoso Flores (vocal de la sala penal), sin embargo, estos hechos no son como los plantea el recurrente, ni menos constituyen motivos suficientes para anular obrados, porque sencillamente no se ha causado ninguna indefensión al recurrente y menos se ha violado el debido proceso que consagra nuestra legislación constitucional y procesal, por lo que no es necesario anular obrados e ingresar al recurso de nulidad
- Actuaciones en Proceso Coactivo Civil)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
- VISTOS: Sentencia de primera instancia, auto de vista impugnado, recurso de casación en el fondo
- CONSIDERANDO: A fs
- CONSIDERANDO: En el presente caso de autos se acusa una errónea aplicación de los artículos
- Finalmente, el medio idóneo para hacer valer los derechos que ha invocado el demandante en
- Con referencia a la casación en la forma (nulidad), se acusa la violación de los
- Con relación a la sobre posición en la fecha de sorteo (ver fs
- En definitiva, es necesario declarar infundado el recurso de casación por no haberse encontrado infracción
- Relator: Ministro Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
- Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Ma. Del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
