Auto Supremo AS/0307/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2004

Fecha: 19-Oct-2004

Por lo relacionado se concluye que el recurso fue presentado extemporáneamente, al haberlo hecho ante


Por lo relacionado se concluye que el recurso fue presentado extemporáneamente, al haberlo hecho ante una notaria el día sábado 4 de enero, que correspondía al décimo día posterior a la notificación con el Auto de Vista, plazo que se infiere de acuerdo al cómputo que se efectúa conforme a la norma prevista por el art. 140 del Código de Procedimiento Civil, descontando los seis días del receso de fin de año del 26 al 31 de diciembre de 2002; es decir, el plazo vencía a horas 17.00 del 2 de enero del 2003, por esta situación el Tribunal Ad quem debió negar la concesión del recurso conforme le facultaba la norma del art. 262 del Código de Procedimiento Civil aplicable al caso con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo