Sucre, cuatro de octubre de dos mil cuatro
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, cuatro de octubre de dos mil cuatro
- Asesinato y otro
- CONSIDERANDO: que admitido el recurso de casación por Auto Supremo Nº 605 de 2 de
- Que de la revisión de los datos del proceso, se establece que pronunciada la sentencia
- Que la doctrina y la jurisprudencia respecto al recurso de apelación restringida establecen que no
- Que dentro del espíritu de la nueva normativa procesal penal en consonancia con la doctrina
- Para fines de lo previsto en el artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, remítanse
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, cuatro de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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