A mayor abundamiento la imputada ofrece como precedente sentencias y el Auto Supremo Número 93
A mayor abundamiento la imputada ofrece como precedente sentencias y el Auto Supremo Número 93 de 8 de marzo de 2002, jurisprudencia que al no ser debidamente desglosada para reseñar el sentido contradictorio, imposibilita al Supremo Tribunal determinar con exactitud si el indicado auto constituye verdaderamente el objeto del precedente, habida cuenta que en Gaceta Judicial existen dos Autos Supremos con el mismo número y la misma fecha, y en cuanto a las sentencias éstas no merecen mayor digresión por no encontrarse inmersas como precedentes en el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal
- Estafa Agravada
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación, la interposición debe cumplir con los
- Que sometido a revisión los datos del proceso, se llega a verificar que la imputada
- A mayor abundamiento la imputada ofrece como precedente sentencias y el Auto Supremo Número 93
- Por todo lo expuesto, corresponde al Supremo Tribunal declarar inadmisible el recurso de casación deducido
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Devuélvase obrados al Tribunal de alzada
- Sucre, trece de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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