Sucre, diecinueve de octubre de dos mil cuatro
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, diecinueve de octubre de dos mil cuatro
- Difamación y otros
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación debe darse cumplimiento a los siguientes
- Que del análisis de los antecedentes del proceso se desprende que Juan Carlos Llanos Molina,
- Que dicho fallo, si bien corresponde a los mismos delitos del caso de autos, tiene
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diecinueve de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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