Auto Supremo AS/0649/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0649/2004

Fecha: 21-Oct-2004

Esa doctrina fue establecida con anterioridad a la fecha en que se emitió el Auto


Esa doctrina fue establecida con anterioridad a la fecha en que se emitió el Auto de Vista pronunciado por el Tribunal que conoció ese caso, razón por la cual dicho Tribunal tenía la obligación de dar cumplimiento a la disposición contenida en el segundo parágrafo del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal que establece que "la doctrina legal establecida será obligatoria para los tribunales y jueces inferiores y sólo podrá modificarse por medio de una nueva resolución dictada con motivo de otro recurso de casación"