CONSIDERANDO: que el sistema de recursos contenido en el nuevo Código de Procedimiento Penal, está
CONSIDERANDO: que el sistema de recursos contenido en el nuevo Código de Procedimiento Penal, está diseñado para plasmar de manera efectiva el derecho que todo imputado tiene para pedir la revisión del fallo condenatorio dictado en su contra, y encuentra su fundamento jurídico en el reconocimiento constitucional de derechos fundamentales que pudiesen ser afectados a consecuencia de una sentencia que se origine en una errónea aplicación de la normativa penal, derecho que ha sido desarrollado por el artículo 407 del Código de Procedimiento Penal, cuyos alcances encuentra congruencia con los acuerdos internacionales suscritos por Bolivia, como el artículo 15 inciso 5) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 8 inciso h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José, que de manera expresa consagran el derecho que tiene toda persona declarada culpable de un delito para que el fallo condenatorio y la pena impuesta puedan ser sometidos a una segunda opinión por un juez o tribunal superior
- Transporte de sustancias controladas
- (fojas 156), sin ingresar al fondo del asunto corresponde al Tribunal de Casación analizar si
- Que de la revisión de los datos del proceso, se advierte que el tribunal a-quo,
- CONSIDERANDO: que el sistema de recursos contenido en el nuevo Código de Procedimiento Penal, está
- Que en el espíritu de la nueva normativa procesal penal en consonancia con la doctrina
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veinticinco de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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