Auto Supremo AS/0657/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0657/2004

Fecha: 25-Oct-2004

Que de la revisión de los datos del proceso, se advierte que el tribunal a-quo,


Que de la revisión de los datos del proceso, se advierte que el tribunal a-quo, pronunció la sentencia corriente en los folios 199 a 204 que falla declarando a Sofía Calle Muriel y Teófilo Gutiérrez Sarzuri autores de la comisión del delito de transporte de sustancias controladas, previsto en el art. 55 de la Ley 1008, imponiéndoles a cada uno la pena de ocho años de presidio y demás sanciones establecidas; contra la referida sentencia recurren de apelación restringida ambos procesados; habiendo la Corte de Alzada mediante Auto de Vista de fojas 233 a 324 declarado improcedentes los recursos deducidos, al considerar que el recurso no cumple con los requisitos de forma exigidos por los artículos 407 y 408 de la Ley No. 1970, relativos a la no cita de las leyes violadas o erróneamente aplicadas y la pretensión de los recurrentes