Que los imputados Miguel Vásquez Flores, Marco Condori Carmona y Orlando Sirpa Mamani, al deducir
Que los imputados Miguel Vásquez Flores, Marco Condori Carmona y Orlando Sirpa Mamani, al deducir el recurso de casación en folios 353 y 353 vuelta, manifestaron que el Tribunal de Alzada, al dictar el Auto de Vista de fojas 346 a 347, efectuó una nueva interpretación sobre la calificación jurídica del delito de transporte y que, en base al principio de inmediación que debe regir todo proceso penal, debería ordenar la reposición del juicio por otro Juez o Tribunal
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación, la interposición debe cumplir con los
- Que los imputados Miguel Vásquez Flores, Marco Condori Carmona y Orlando Sirpa Mamani, al deducir
- Que invocaron como precedente contradictorio el Auto Supremo número 41 de 27 de enero de
- Que la nueva corriente jurisprudencial del Supremo Tribunal a través del Auto Supremo número 417
- Por este razonamiento, corresponde al Supremo Tribunal declarar inadmisible el recurso planteado en folios 353
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Devuélvase obrados al Tribunal de Alzada
- Sucre, veintisiete de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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