Auto Supremo AS/0088/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2004

Fecha: 19-Nov-2004

CONSIDERANDO: Que ante tal resolución de segundo grado, Eugenia Lourdes Vidal Espinoza recurre alternativamente de


CONSIDERANDO: Que ante tal resolución de segundo grado, Eugenia Lourdes Vidal Espinoza recurre alternativamente de nulidad o casación sin referirse específicamente a ninguna de ellas, intentando acusar contravenciones, aún cuando sin el orden y la claridad que requiere este recurso extraordinario que reviste las características de una demanda de puro derecho, porque la recurrente debe demostrar y explicar ante el Tribunal de Casación cual y de que manera se ha producido la violación del derecho material pretendido, o en su caso, la errónea interpretación de ese derecho o, la indebida aplicación del mismo; además de no solo mencionar o citar las disposiciones legales consideradas como adecuadas para ser aplicadas a la cuestión litigada. Así también se halla obligada a precisar, si considera necesario los vicios o errores en el proceder del Tribunal ad quem, así como la reserva legal que dará procedencia a la nulidad o la casación de ser necesaria su aplicación