Que el recurso de casación deducido por Juan Benito Pachacaya Rodríguez en folios 163 a
Que el recurso de casación deducido por Juan Benito Pachacaya Rodríguez en folios 163 a 164, acusa como agravios la violación de los artículos 5° y 363 del Código de Procedimiento Penal, toda vez que el Tribunal de Alzada le rechazó la posibilidad de plantear recursos en el "considerando" 6 del Auto de Vista y al corregir el delito de hurto por robo agravado sostiene que incurrió en la violación del principio de congruencia
- Robo agravado
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación para su admisión exige que el pretensor cumpla ineludiblemente
- Que el recurso de casación deducido por Juan Benito Pachacaya Rodríguez en folios 163 a
- Que ninguno de estos extremos tienen asidero alguno, por cuanto el Tribunal Ad quem, al
- Que al margen de lo señalado, el imputado incumplió con la invocación del precedente contradictorio
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, once de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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