CONSIDERANDO: Que a demanda de Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani, el
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 161/2004 FECHA: 10 de diciembre de 2004
EXP. N°: 220/2004
PROCESO: Conflicto de Competencias
PARTES: Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani contra Luisa Enríquez Mendoza de Zárate, Gabriela Zárate Mendoza y Juan Pérez Martínez
VISTOS EN SALA PLENA: El conflicto de competencia suscitado entre el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Chuquisaca y el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso ordinario de declaración judicial de nulidad de documentos seguido por Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani contra Luisa Enríquez Mendoza de Zárate, Gabriela Zárate Mendoza y Juan Pérez Martínez, el informe del Ministro doctor Armando Villafuerte Claros; y
CONSIDERANDO: Que a demanda de Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de Potosí, mediante auto de 21 de mayo de 2004 admitió la acción ordinaria de declaración judicial de nulidad de documentos privadosreconocidos y consiguiente reivindicación de bien mueble emergente de la suscripción en la ciudad de Sucre, de un contrato privado de permuta de dos lotes de terreno de propiedad de Felicidad Zárate Mendoza y Juan Pérez Martínez, ubicado en la zona de Villa Margarita de nuestra ciudad y de un camión marca Volvo de propiedad de Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani registrado en la ciudad de Potosí. Asimismo, ordenó el secuestro del camión como medida precautoria, instrucción que fue emitida para su cumplimiento por cualquier Juez de Instrucción de Turno en lo Civil del territorio nacional
AUTO SUPREMO: 161/2004 FECHA: 10 de diciembre de 2004
EXP. N°: 220/2004
PROCESO: Conflicto de Competencias
PARTES: Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani contra Luisa Enríquez Mendoza de Zárate, Gabriela Zárate Mendoza y Juan Pérez Martínez
VISTOS EN SALA PLENA: El conflicto de competencia suscitado entre el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Chuquisaca y el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso ordinario de declaración judicial de nulidad de documentos seguido por Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani contra Luisa Enríquez Mendoza de Zárate, Gabriela Zárate Mendoza y Juan Pérez Martínez, el informe del Ministro doctor Armando Villafuerte Claros; y
CONSIDERANDO: Que a demanda de Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial de Potosí, mediante auto de 21 de mayo de 2004 admitió la acción ordinaria de declaración judicial de nulidad de documentos privadosreconocidos y consiguiente reivindicación de bien mueble emergente de la suscripción en la ciudad de Sucre, de un contrato privado de permuta de dos lotes de terreno de propiedad de Felicidad Zárate Mendoza y Juan Pérez Martínez, ubicado en la zona de Villa Margarita de nuestra ciudad y de un camión marca Volvo de propiedad de Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani registrado en la ciudad de Potosí. Asimismo, ordenó el secuestro del camión como medida precautoria, instrucción que fue emitida para su cumplimiento por cualquier Juez de Instrucción de Turno en lo Civil del territorio nacional
- CONSIDERANDO: Que a demanda de Francisco Mamani Zambrana y Miguelina Contreras Llanos de Mamani, el
- Que a fojas 61, Juan Pérez Martínez se apersonó ante el Juzgado de Partido Segundo
- Que conforme se evidencia de fojas 34, a solicitud de Juan Pérez Martínez, el Juez
- El Juez de Potosí, mediante auto de 16 de noviembre, negó la inhibitoria y remitió
- CONSIDERANDO: Que a los efectos de dilucidar el presente conflicto de competencias, corresponde puntualizar que
- Al efecto, de acuerdo a las piezas procesales analizadas, el camión marca Volvocuya reivindicación se
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